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sábado, 16 de noviembre de 2013

El Tribunal Supremo tumba el ‘minivaticano’ de Rouco y Gallardón



La operación urbanística otorgaba al Arzobispado de Madrid 25.000 metros cuadrados de nueva edificabilidad, además de un parking de 200 plazas y viales de uso exclusivo
El Tribunal Supremo ha declarado “no haber lugar” para el recurso de casación” presentado por el Arzobispado y el Ayuntamiento de Madrid después después de que el TSJM diera la razón a la asociación Amigos de Las Vistillas anulando el minivaticano, el conjunto de equipamientos que se quería construir en los Jardines del Seminario Conciliar.

El Consistorio aprobó la modificación urbanística del Parque de la Cornisa en un primer momento. El TSJM dictó la anulación del acuerdo del Consejo de Gobierno de octubre de 2007, que daba luz verde a la ampliación del parque público con la idea de que superara los 37.000 metros cuadrados de zonas verdes, al que se uniría un poliderportivo para el disfrute de los vecinos.
Además, el Ayuntamiento podría construir otros dos edificios de uso público a espaldas dela catedral de La Almudena, mientras que el Arzobispado de Madrid dispondría de terrenos para la creación de oficinas y una biblioteca.
La sentencia del Tribunal Supremo, fallada el cinco de noviembre, “echa en falta el instrumento de protección del patrimonio histórico-artístico indispensable”. “Más allá de la alteración de la estructura urbana o de que la alteración en su caso redunde en la mejora del conjunto se precisa la exigencia de dicho instrumento de protección”, añade el TS, que destaca que la modificación puntual del planeamiento urbanístico “no resulta adecuada” para el cometido indicado. Por ello, el Alto Tribunal procede a desestimar los recursos de casación presentados por el Arzobispado y el Ayuntamiento. El Supremo ha acordado igualmente la imposición de costas procesales a los recurrentes en una cuantía que no podrá exceder los 5.000 euros.
Sentencia del TSJM
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) defendía en su sentencia que una intervención de las características que se pretendía en Las Vistillas sólo podía tener cobertura legitimadora “en un plan urbanístico protector y el que ha sido aprobado no tiene esa naturaleza, por lo que conduce a su anulación”. Años atrás, el Gobierno regional aseguraba que todos los edificios que se construirían en esa zona se integrarían en el entorno “sin sobrepasar las alturas recomendadas y sin provocar impacto visual en el paisaje”. En la misma resolución recordaban el elevado de grado de protección de la zona, con la muralla y la cerca de Felipe IV, el recinto histórico o el templo de San Francisco el Grande, declarados Bien de Interés Cultural.
El proyecto urbanístico de Rouco anulado por el Supremo
25.000 metros cuadrados para edificar
La operación urbanística del minivaticano, iniciada hace más de una década, otorgaba a la Iglesia 19.000 metros cuadrados, que se sumaban a los 6.000 conseguidos en el mandato del conservador José María Álvarez del Manzano, en total, 25.000 metros cuadrados de nueva edificabilidad para el Arzobispado, más un parking de 200 plazas y viales para un entorno con edificios de uso exclusivo para la Iglesia.
Con la llegada de Alberto Ruiz-Gallardón a la Alcaldía, se revisó el convenio reduciendo la edificabilidad, pasando de 20.000 a 14.000 metros cuadrados, a lo que se sumó la cesión de suelo para la construcción de tres equipamientos públicos y una zona verde de 12.000 metros en el Parque de las Dalias. Ahora, el megaproyecto del cardenal Antonio María Rouco Varela, arzobispo de la archidiócesis de Madrid y presidente de la Conferencia Episcopal Española, ha sido definitivamente desechado por la Justicia.

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