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viernes, 25 de enero de 2013

El Gobierno cambiará la ley para que los delincuentes condenados puedan dirigir entidades bancarias F.J.

El Gobierno cambiará la ley para que los delincuentes condenados puedan dirigir entidades bancarias
El Ministerio de Economía estudia un real decreto en el que se suaviza los requisitos de honorabilidad, experiencia y buen gobierno de la banca en el que la condición de condenado por delitos dolosos no será motivo suficiente para impedir que un ejecutivo sea banquero. El texto establece que tienen honorabilidad para ser banquero “quienes hayan venido mostrando una conducta personal, comercial y profesional que no arroje dudas sobre su capacidad para desempeñar una diligente y prudente gestión de la entidad”.
Si algún candidato está incurso en proceso penal, se debe analizar “si la condena o sanción es o no firme; la gravedad de la condena o sanción impuesta y la tipificación de los hechos que motivaron la condena”.
Otro condicionante se refiere a si los hechos que motivaron la condena se realizaron “en provecho propio o en perjuicio de los intereses de terceros cuya administración o gestión de negocios le hubiese sido confiada”. También se tendrá en cuenta “el tiempo transcurrido desde que ocurrieron los hechos”, así como si existieron “circunstancias atenuantes, la posible extinción de la responsabilidad penal y la conducta posterior” desde la comisión del delito. Por último, se debe considerar “la reiteración de condenas o sanciones por faltas o infracciones”.
La norma establecerá que para juzgar al posible banquero se considere “la existencia de investigaciones relevantes y fundadas, tanto en el ámbito penal como el administrativo”.

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