El Vaticano reniega de la "Doctrina del Descubrimiento" contra los indígenas.
El 30 de marzo, el Dicasterio para la Cultura y la Educación (cuyo Prefecto es el cardenal dominico portugués José Tolentino de Mendonça) y el Dicasterio para el Servicio en Favor del Desarrollo Integral del Hombre (cuyo Prefecto es el cardenal jesuita canadiense Michael Czerny) adoptaron una declaración conjunta sobre la "Doctrina del Descubrimiento", que pasó a formar parte del derecho internacional (europeo) con el fin de someter territorios que antes no estaban bajo dominio de príncipes "cristianos".
La doctrina del descubrimiento y las expectativas actuales
Hacia 1800, esta doctrina se sancionó legalmente en Estados Unidos para justificar su propia expansión hacia el Salvaje Oeste. Más tarde, las potencias imperialistas de Europa pensaron lo mismo cuando se repartieron África en la Conferencia sobre el Congo en Berlín 1885. Immanuel Kant había criticado claramente esta doctrina cuando deploró "el comportamiento inhóspito de los Estados civilizados, principalmente comerciantes, de nuestra parte del mundo ... al visitar países y pueblos extranjeros (lo que consideran lo mismo que conquistarlos)": "América, los países negros, las Islas de las Especias, el Cabo, etc., eran, cuando fueron descubiertos, para ellos países que no pertenecían a nadie; pues a los habitantes no los tenían en cuenta para nada".
Así pues, los pueblos recién descubiertos fueron considerados por los europeos como "res nullius" y se arrogaron el derecho de apoderarse y explotar sus recursos naturales y humanos. Ya en el siglo XVI, esta doctrina fue criticada por los teólogos católicos de la Escuela de Salamanca. Las tierras de los paganos del Nuevo Mundo, decía el dominico Francisco de Vitoria en la tradición de Tomás de Aquino, no carecían de señorío, porque la legitimación del dominio político se fundaba en el derecho natural, no en la fe.
Los documentos papales en los que el papado concedía amplios derechos de descubrimiento desempeñaron un papel esencial para los católicos, al menos para los imperios ibéricos de España y Portugal. Se trata sobre todo de las bulas de Nicolás V "Dum Diversas" (1452) y "Romanus Pontifex" (1455), en las que el Papa concedió a los portugueses derechos de dominio sobre los territorios descubiertos o por descubrir, así como el derecho a someter y esclavizar a los infieles y sarracenos en las islas, ciudades y países de África y Asia ya conquistados y por conquistar. Y se trata también de la bula "Inter caetera" (1493) de Alejandro VI, en la que concede a los españoles derechos de soberanía al oeste de las Azores, así como el derecho a "someter" a aquellos pueblos. Sin embargo, a diferencia de las bulas de Nicolás V, la bula alejandrina no autoriza explícitamente a esclavizar a los paganos (los indios), sino que contiene un insistente mandato de evangelización; excluye así, de forma implícita, la esclavización, ya que los bautizados no podían ser esclavizados. Por eso, Colón no se apresuró mucho en fomentar la evangelización de los Indios.
Para los protestantes, en cambio, la conciencia de la elección divina era suficiente, porque pensaban que habían recibido el derecho a las nuevas tierras directamente de Dios, como el pueblo de Israel la Tierra Prometida. Después de que los puritanos desembarcaran en la costa este de Norteamérica, formularon la siguiente autocomprensión en 1640: "La tierra pertenece a Dios Nuestro Señor. El Señor puede dar la tierra a su pueblo elegido. Nosotros somos el pueblo elegido".
No sólo los pueblos indígenas esperan que las iglesias a) reconozcan la Doctrina del Descubrimiento, y b) que el Papa pida perdón por ella o se distancie explícitamente de las mencionadas bulas de sus predecesores o las declare "nulas y sin valor". Mientras que el papado desde los años 1980 ha pedido perdón en repetidas ocasiones por la opresión/esclavitud de negros e indios y el desprecio de sus culturas por parte de los "cristianos", no ha deplorado su propia implicación "institucional", ni siquiera en la presente declaración.
Paso correcto, pero no exento de sofismas
Al igual que las numerosas declaraciones eclesiásticas sobre el descubrimiento de América con ocasión del Quinto Centenario 1992, la actual tampoco se corresponde con el estado de la investigación histórica, aunque hay que saludarla como otro paso tentativo en la dirección correcta; más bien se caracteriza por el habitual "sofisma" curial. Este consiste en culpar de los desarrollos erróneos de la Historia de la Iglesia no tanto a los papas y al clero, que aparentemente han dominado el arte de "no ser los responsables", sino a los laicos malvados y a "los poderes políticos que querían exterminar las culturas indígenas". La declaración se refiere cuidadosamente sólo a las "culturas" indígenas y no a sus "religiones". Pues no se puede culpar a "los poderes políticos" de la conversión más o menos forzosa bajo la dominación colonial ni de la destrucción de sus templos, imágenes y escritos en nombre de la exclusividad eclesiástica de la salvación.
También suena a sofisma cuando la Declaración subraya solemnemente que "la doctrina del descubrimiento no forma parte del Magisterio católico"; porque estas cosas políticas nunca se consideraron parte de la "fe" católica. Entonces, ¿el Magisterio católico incluye sólo lo que concierne a la fe y la moral? ¿Qué ocurre con el "Dictatus papae" de 1075? En él se afirma que sólo el Papa es "obispo universal" de todo el orbe y, por tanto, tiene jurisdicción universal; que sólo él puede deponer y restituir obispos; que sólo él puede deponer emperadores y que todos los príncipes deben rendirle pleitesía. El papalismo, una patología si no "la herejía" del papado en el segundo milenio, tiene en esto uno de sus fundamentos. No está lejos de ahí la pretensión de jurisdicción universal, también en asuntos temporales, sobre todo el orbe, como tampoco lo está el hablar de la "necesidad salvífica" de la sumisión completa a la autoridad del Papa, como defendió Bonifacio VIII en la bula "Unam sanctam" (1302) y formuló el Concilio de Florencia como "doctrina de fe" en 1402 con el dogma de "ninguna salvación fuera de la Iglesia (del Papa)".
El "Dictatus papae" y textos similares sobre la "teoría de las dos espadas" allanaron el camino a la política feudal curial del papado medieval, según la cual el Papa podía conferir la realeza (por ejemplo, a los normandos en Sicilia en 1130) o repartir territorios. Las bulas del siglo XV se inscriben en esta tradición. Fueron promulgadas por un papado que se dejó adular por los teólogos papalistas de la Alta y Baja Edad Media, al tiempo que se resistía a aprender de la buena teología escolástica. En la tradición de la buena teología, Francisco de Vitoria pudo decir claramente en 1539 que el Papa no tenía poder civil o temporal sobre todo el orbe ("Papa non est dominus civilis aut temporalis totius orbis"). Por tanto, no podía disponer de los territorios de los paganos, sino sólo encomendar a ciertos cristianos su evangelización. Bartolomé de Las Casas, este cristiano tan noble, que también criticó la doctrina del descubrimiento en el siglo XVI, intentó interpretar la bula de Alejandro VI en términos de lo que se "podía y quería decir" partiendo del Evangelio y no en términos de lo que se decía literalmente, es decir, contra la concesión a los españoles del derecho a "someter" las nuevas tierras y gentes.
Dado que ningún Papa puede decretar nada en contra del Evangelio, y dado que en ninguna parte aparece que el Señor permitiera u ordenara a sus discípulos subyugar al mundo entero con las armas, sino sólo caminar como ovejas entre lobos y promover pacíficamente la Buena Nueva, la palabra "someter" en la bula sólo puede significar según Las Casas la evangelización pacífica. A pesar de este malabarismo hermenéutico en nombre del sentido común mirando al Evangelio como constitución fundamental de la Iglesia, los reyes españoles y sus juristas se refirieron para la legitimidad de su dominio a la Bula de Concesión de 1493 hasta la independencia de los países de América Latina; y el papado nunca lo contradijo. El Papa Francisco tendría menos problemas hoy con el claro distanciamiento de la doctrina del descubrimiento de sus predecesores si el papado hubiera escuchado a los buenos teólogos, no a los aduladores, y si hubiera habido más sentido común en la historia del papado a la manera de Las Casas ¡y menos voluntad de poder!
Por último, la referencia a la bula de Pablo III "Sublimis Deus" (1537), que se cita como prueba de la defensa por parte del papado de los derechos y la dignidad humana de los paganos, también suena a sofisma. Esta bula surgió bajo la presión de los misioneros indiófilos, que se arriesgaron a tener problemas con la Corona por ello, no como motu proprio por parte del papado. Es cierto que Pablo III, ahora sí siguiendo la enseñanza de los buenos teólogos y misioneros, escribe en ella: "Determinamos y declaramos [...] que dichos indios y todas las gentes que en el futuro los cristianos llegasen a conocer, aunque vivan fuera de la fe cristiana, pueden usar, poseer y gozar libre y lícitamente de su libertad y del dominio de sus propiedades, que no deben ser reducidos a servidumbre y que todo lo que se hubiese hecho de otro modo es nulo y sin valor".
Pero también aquí hay que distinguir entre lo que se dice y lo que se quiere decir. Mientras que los autores de la declaración interpretan la bula a favor del papado como una especie de defensa universal de los derechos humanos por parte de Roma y probablemente piensan que lo de "nulo y sin valor" incluye también la autorización papal a los portugueses en el siglo XV para esclavizar a los negros, la investigación histórica es más bien de la opinión de que esas palabras sólo prohibían la esclavitud de los indios y paganos similares, pero no la de los negros. De facto, ésta continuó y creció considerablemente durante los siglos XVII y XVIII... y una condena explícita de la trata negrera "a su debido tiempo" no se encuentra en la historia del papado (al igual que la condena clara del Holocausto judío tampoco llegó cuando era realmente necesaria).
Sin miedo a la verdad
La reciente declaración romana es el comienzo de un replanteamiento, pero no va lo suficientemente lejos. En las sucesivas aperturas de partes de los archivos vaticanos desde León XIII, los papas acostumbran a decir que la Iglesia no tiene miedo a la verdad. Es un buen lema, porque sólo la verdad "nos hará libres" (Jn 8,32): libres de la carga del papalismo del segundo milenio, que el papado no debe arrastrar al tercer milenio. Todo esto nos enseña también, entre otras cosas, lo siguiente: si el papado de la Edad Media y del Renacimiento hubiera escuchado a los buenos teólogos en lugar de a los aduladores, no habría llegado tan lejos con la "falsa doctrina" de la pretensión universal de poder y la concesión del dominio sobre los territorios de los paganos. Y si hoy escuchara más a la investigación histórica y teológica seria en lugar de a los que en Roma dicen lo que allí se quiere oír, estaría mejor asesorado a la hora de enfrentarse a la doctrina del descubrimiento y otros temas.
Mariano Delgado*
Religión Digital
*Mariano Delgado es catedrático de Historia Medieval y Moderna de la Iglesia en la Universidad de Friburgo desde 1997, así como decano de la clase VII (Religiones del Mundo) en la Academia Europea de Ciencias y Artes (Salzburgo).
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