FUNDADOR DE LA FAMILIA SALESIANA

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ATALAYA

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lunes, 20 de junio de 2016

Gestos “sorprendentes” que esperamos de la Iglesia (10) Rufo González


Revalorizar la eucaristía como sacramento de reconciliación (II)
Los Padres de la Iglesia resaltan el poder reconciliador de la eucaristía
San Ambrosio de Milán (s. IV):
En su época el sacramento de la Penitencia sólo se podía recibir una vez en la vida. Era, como ya hemos dicho, el segundo bautismo, reservado para aquellos que habían roto pública y radicalmente con el proyecto de Jesús. Los pecados habituales, fruto de la fragilidad y debilidad, que no rompían la relación básica con Dios, aunque la debilitaran, encontraban lugar de perdón en la eucaristía.
“El que comió el maná, murió; el que coma de este cuerpo, obtendrá el perdón de los pecados y no morirá jamás” (De sacramentis, IV, 4, 24; Schr 25, p. 86).
“Si cada vez que se derrama su sangre, se derrama para el perdón de los pecados, tengo que recibirle siempre, para que siempre perdone mis pecados. Si peco continuamente, he de tener siempre un remedio” (De sacramentis, IV, 6,28; SChr 25, p. 87).
“Cada vez que bebes, recibes el perdón de los pecados y te embriagas con el Espíritu” (De sacramentis, V, 3, 17; Schr 25, p. 92).



Teodoro de Mopsuestia (Padre oriental del s. IV-V)
Más atrevido: todos los pecados, incluso “los grandes”, los perdona la eucaristía, si hay conversión:
“Diré sin vacilar que, si uno ha cometido esos grandes pecados, pero decide abandonar el mal y entregarse a la virtud siguiendo los preceptos de Cristo, participará en sus misterios, convencido de que recibirá el perdón de todos sus pecados” (Homilías Catequéticas, XVI, 34)


San Cirilo de Alejandría (s.V)
Como a muchos pastores, le duele el hecho de que muchos participantes de la eucaristía no reciben la comunión. A estos les exhorta a “decidir vivir mejor y participar” plenamente de la eucaristía, que “preserva de la muerte y de las enfermedades” (pecados mortales y veniales):
“Me he examinado y me he reconocido indigno. A los que así hablan les digo: ¿y cuándo seréis dignos? ¿Cuándo os presentaréis entonces ante Cristo? Y si vuestros pecados os impiden acercaros y si nunca vais a dejar de caer, ¿quién conoce sus delitos?, dice el salmo, ¿os quedaréis sin participar de la santificación que vivifica para la eternidad? Tomad entonces la decisión de vivir mejor y de forma más honrada, y participad luego en la “eulogía” (eucaristía) creyendo que ella posee la fuerza, no sólo de preservaros de la muerte, sino incluso de las enfermedades” (In Joh. Evang. IV, 2; PG 73, 584-585).

El concilio de Trento dice una cosa y la otra

– Para comulgar es necesaria la confesión sacramental, si hay pecado mortal:
“La costumbre eclesiástica declara que este examen es necesario para que ninguno consciente de pecado mortal, aunque se vea a sí mismo contrito, sin una confesión sacramental previa, deba acercarse a la Sagrada Eucaristía… Incluso los sacerdotes, a quienes incumbe por oficio celebrar, si nos les falta confesor. Si celebra, por necesidad urgente, confiese cuanto antes” (Ses. XIII, c. 7. Dz 880; DS 1647).


– La eucaristía perdona todos los pecados, si hay arrepentimiento personal:
“El santo Sínodo enseña que este sacrificio es verdaderamente propiciatorio, y que por el mismo se hace que, si con verdadero corazón y fe recta, con temor y reverencia, contritos y penitentes nos acercamos a Dios, consigamos misericordia y encontremos gracia en auxilio oportuno (Hebr 4, 16).
Pues el Señor, aplacado por la oblación de éste (sacrificio), concediendo la gracia y el don de la penitencia, perdona los crímenes y también los pecados más ingentes… (Ses. XXII, c. 2. Dz 940; DS 1743).


Las orientaciones doctrinales y pastorales conjugan estas dos verdades
Pueden leerse en el Ritual de la Penitencia (n. 67, pp. 38-39). Claramente se dice que para comulgar no es necesario el sacramento de la Penitencia, a no ser que se tenga conciencia de pecado “mortal” (conducta que,según la conciencia personal, da “muerte” a la relación con Dios). Si el creyente en su interior se siente en comunión de fe y amor con Jesús, puede comulgar. Si tiene conciencia de haber pecado gravemente, no tiene a mano confesor, y desea comulgar, puede hacerlo tras el arrepentimiento sincero. Deberá confesar “cuanto antes pueda”. Queda, pues, patente que la eucaristía, celebrada con espíritu de fe y conversión, perdona todos los pecados. Igualmente queda claro que la Iglesia, en un momento determinado de su historia, sobre todo desde el concilio de Trento, ha impuesto como norma la obligación de confesar los pecados mortalesr antes de comulgar, si se puede fácilmente acceder a un confesor adecuado. Esta norma es una disposición de disciplina eclesiástica. Podría cambiarla. Encontraría razones evangélicas e históricas, no sería contrario al dogma, tendría eficacia pastoral. Sería un acto de libertad eclesial posible.


“Dejaos reconciliar con Dios”
Es el título de una “Instrucción pastoral sobre el sacramento de la Penitencia” que la Conferencia Episcopal Española publicó, en abril de 1989. Su apartado n. 61 está dedicado a la relación entre “Penitencia y Eucaristía”. Reconoce dos caminos en esta relación:
“Un camino que va de la Eucaristía a la Penitencia; otro que va de la Penitencia a la Eucaristía; un camino permanente de conversión que lleva a la Eucaristía y un camino que parte de ella para una vida renovada de reconciliación fraterna.
– El primero nos muestra que el misterio celebrado en la Eucaristía es fuente también de aquella reconciliación que se anuncia y realiza en el sacramento de la Penitencia; y así se relaciona con la Eucaristía como con su fundamento.
– El segundo nos indica que cuantos confiesan sus pecados delante de Dios y de la Iglesia se disponen a recibir cumplidamente este sacrificio de alabanza y de acción de gracias con la participación digna en el banquete eucarístico: son reintegrados por la Penitencia”.


¿Pueden ser dos caminos alternativos, abiertos a elección libre?
Sin duda son dos caminos de reconciliación tras la “muerte” de la vida del Espíritu:
– la celebración de la Eucaristía con espíritu convertido.
– la celebración de la Penitencia sacramental con espíritu convertido.
Ambos caminos requieren la conversión al amor de Dios, manifestado en Jesús, Mesías de Dios. Conversión exigida por la lógica del encuentro personal, la comunión en fe y amor con Jesús. Tanto la Eucaristía como la Penitencia son encuentros con Jesús. Ambos se realizan en la comunidad. Sin conversión personal, de corazón y mente, poco vale la mediación eclesial. La mediación eclesial es símbolo de la mediación de Jesús, sacramento del Padre. Jesús hace a sus seguidores sacramento suyo. La Iglesia alarga la presencia de Jesús, es su Cuerpo, es su sacramento. Con los símbolos sacramentales, la Iglesia comunica el Espíritu de Jesús. Los símbolos sacramentales expresan y comunican una experiencia vital. El cristiano siente que Dios le ama en Cristo. Tiene conciencia de que, al creer a Jesús, recibe su mismo Espíritu. Esta recepción del Espíritu, experiencia de sentirse amado por Dios, lo celebra en los sacramentos: como inicio (bautismo), como testigo fortificado (confirmación), como compañía que alimenta (eucaristía), como recuperación (penitencia), como fortaleza en debilidad (unción de enfermos), como ayuda mutua y creación de vida (matrimonio), como servicio a la comunidad sacramental (orden). Son los siete sacramentos que la comunidad eclesial vive con más intensidad. Experiencias comunitarias, cuya expresión debe regular la Iglesia. ¿Puede la Iglesia revalorizar la eucaristía como sacramento de reconciliación al margen de la Penitencia? ¿Pueden ser dos caminos abiertos a la libertad del cristiano?

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