Juan Carlos Escudier
El Supremo ha sentenciado que la Iglesia Evangélica no tiene derecho a tener una casilla en la declaración del IRPF para que los contribuyentes le destinen el 0,7% de sus cuotas como lo tiene la Católica, o, para ser exactos, ha determinado que no está discriminada por no tenerla, que no es lo mismo pero es igual. El Tribunal, como antes hizo la Audiencia, acepta la tesis del Gobierno de que no puede acceder a la petición de los protestantes –y nunca mejor dicho- porque su Iglesia no tiene firmado con el Estado un acuerdo semejante al que el Vaticano suscribió en 1979, donde sí se reconoce este derecho y otras cuantiosas regalías. El principio que se establece es notable: privilegiar a unos no es discriminar al resto. ··· Ver noticia ···
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