FUNDADOR DE LA FAMILIA SALESIANA

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ATALAYA

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martes, 15 de mayo de 2012

ALGUNAS ORIENTACIONES PARA LAS SOLICITUDES DE RGI EN LANBIDE

ALGUNAS ORIENTACIONES PARA LAS SOLICITUDES DE RGI EN LANBIDE


En  las oficinas de Lanbide o en el número de información te dirán que para solicitar por primera vez la Renta de Garantía de Ingresos, para la reanudación o para cualquier comunicación  tienes que llamar y pedir una cita. Normalmente en la primera cita te facilitan la documentación y te dan una segunda para entregarlo. Todo esto te hace perder meses de prestación.

Pero, ¿me pagarán desde el día que llamé para pedir cita?

No. El día que entregues el escrito de solicitud es el que cuenta para que te empiecen a pagar (no es el día que llamas por teléfono, ni el de la primera cita)[1]. Cada día que pasa sin que entregues ese escrito es un día que te quedas sin cobrar.

Entonces, ¿tengo que esperar a la cita para entregar la solicitud?

No. Puedes entregar la solicitud cuando tú quieras. Acude a la oficina del Lanbide que te corresponda. Tienen obligación de tener registro y recoger tu solicitud, pero normalmente te derivan a las mesas de RGI donde atienden a la gente con número. A veces dicen que no se puede entregar a partir de una cierta hora. Todo esto es irregular.

¡Pero a veces no hay manera de que la recojan y se ponen de muy mala leche!

Si no quieren recogértelo y no quieres discutir, entrégala en el registro del Gobierno Vasco. En Bilbao en Gran Vía, 85 planta baja. Tiene el mismo valor.

Pero me han dicho que no atienden si no es con cita:

No tienes que pedir cita por teléfono, ni pedir ningún tipo de cita, aunque en las oficinas o en el número de información te digan otra cosa para quitarte de en medio. Puedes pedir el impreso de solicitud sin esperar colas. Si no te lo dan con facilidad pon una queja. Puedes recoger el impreso también en las oficinas de derechos sociales.

También puedes hacer un papel dirigido a Gobierno Vasco – Lanbide, en el que queden claros  tus datos y la frase “solicito Renta de Garantía de Ingresos” y en su caso Prestación Complementaria de Vivienda, si resides en una vivienda de alquiler, con un contrato de pupilaje o en una pensión.

¿Tengo que esperar a tener todos los documentos para entregar la solicitud?

Acompaña la solicitud de los documentos que tengas (que además ahora son un montón).

No esperes a tener todos los papeles para entregar la solicitud, porque pierdes días. Te la tienen que recoger aunque falte algo. Te darán un plazo de 10 días desde que te digan los documentos que faltan para que la completes.

Pero, ¿si me dicen que no me recogen la solicitud hasta que no tenga todos los papeles?

Es falso y te están haciendo perder días de prestación. Te la tienen que coger y dar 10 días para completar lo que te falte. Si no, puedes entregarla en el Registro de Gobierno Vasco. Te tendrán que mandar una carta pidiendo lo que falte y tendrás 10 días desde el días siguiente a que la recibas.

Y ¿si dicen que solo atienden hasta las 12, las 11 o los 100 primeros?
Tienen obligación de tener un registro en todo el horario. Pero ya sabes, si no quieres discutir, al Gobierno Vasco.


Y no olvides que:

- Comunica todo por escrito. Haz siempre una copia y que te la sellen para que tengas comprobante de que lo has entregado.

-No hagas caso si te mandan a pedir algún papel a policía nacional.

- No aceptes firmar papeles renunciando a derechos sin haberlo consultado.

- Si pasan 2 meses desde que hiciste la solicitud sin recibir respuesta EXIGE por escrito que se tenga por concedida la prestación[2]

- Ante los retrasos o cualquier irregularidad dirígete al Ararteko:
•Edificio Albia. Calle San Vicente, número 8, piso 11. 48001  Bilbao
•arartekoa@ararteko.net

Y LO MÁS IMPORTANTE: ¡INFORMATE, REUNETE CON OTRAS PERSONAS Y DEFIENDE LOS DERECHOS SOCIALES!
Información:

ASAMBLEA ABIERTA EN DEFENSA DE LAS PRESTACIONES SOCIALES
Todos los LUNES a partir de las 19:00 horas
Centro Cívico La Bolsa del Casco Viejo
Bilbao

ARGILAN
MIÉRCOLES de 17:30 a 19:30 horas
General Concha 12, 1ºIzq
Bilbao

BERRI-OTXOAK
LUNES de 11:00 a 13:00 horas
Calle 22 enero, 3º lonja a pie de calle (a 100 mts. de la Iglesia San Vicente)
Barakaldo

DANOK LAN
LUNES de 19 a 20
Burreta s/n Centro Civico "INDARRA"
Galdakao


[1] Artículo 22. Devengo y pago.
La renta de garantía de ingresos se devengará, en cualquiera de sus modalidades, a partir del día siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud.

[2] Se llama declaración de actos presuntos.

Ley 18/2008 para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social:

Artículo 62. Resolución, plazo para resolver y silencio administrativo.

2. El órgano competente para resolver dictará la resolución de concesión o de denegación en un plazo máximo de dos meses a partir de la fecha de presentación de la solicitud correspondiente. Transcurrido dicho plazo sin que hubiera recaído resolución expresa, en el caso de la renta de garantía de ingresos y de la prestación complementaria de vivienda las prestaciones se entenderán concedidas

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