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domingo, 15 de enero de 2017

Algunas decisiones judiciales me avergüenzan

Jesús Mª Urío Ruiz de Vergara

Comparemos estas dos resoluciones judiciales: Francesc Homs i Molist, por haber colaborado en la preparación de una consulta popular en Cataluña de tendencia independentista, desobedeciendo una advertencia explícita del Tribunal Constitucional, condenado a 9 años de inhabilitación para ocupar cargo público. Ni a Federico Trillo-Figueroa, ministro de Defensa cuando un avión en vuelo totalmente irregular mató al estrellarse a 62 militares españoles, ni a ninguno de los altos oficiales encargados de la contratación de vuelos para traer a los militares españoles a casa, se les encontró ninguna responsabilidad en el suceso. Y la diferencia de una simpe desobediencia al Constitucional, que no debería constituir delito en una nación verdaderamente democrática, a la muerte de 62 servidores de la Patria que vuelven de unas acciones que no desmerecerían mucho de ser denominadas de heroicas, la diferencia, digo, en el mal causado a todos los ciudadanos, y no solo a los parientes de los soldados muertos, es abismal. ¿Cómo puede suceder una calamidad jurídica tan absurda y vergonzosa?

Dudo mucho de que las leyes vigentes en nuestro país no permitan otra lectura de la que hicieron nuestros jueces, hasta llegar al Supremo, que la que elaboraron en el caso del Yak-42, eximiendo de toda responsabilidad, a la vista de los informes previos, de las opiniones de muchos de los militares, algunos de ellos técnicos en la materia, en la elección, contratación y pago de loas naves implicadas, antes, y, sobre todo, en el avión de la tragedia. Si en un autobús que se accidenta se mira con lupa toda su puesta a punto, y la responsabilidad de la compañía de trasporte, y la ausencia o presencia de la diligencia debida en el responsable del colectivo en el viaje, nadie con dos dedos de frente puede entender que los avisos previos que se dieron sobre el estado calamitoso de las aeronaves, y de su tripulación, y las irregularidades como la falta de caja negra en el avión accidentado, y en el pago del servicio, no tuvieran ninguna relación con la obligada vigilancia en la constatación de todos esos puntos de seguridad.
Si a eso añadimos las prisas y las improvisaciones en la identificación de los cadáveres, una acción absolutamente falta de toda seriedad en trabajo tan exigente, y de total falta de respeto a los cadáveres, y a los familiares de las víctimas, ¿Cómo es posible que a ningún juez se le ocurriera la pertinente pregunta de la jurisprudencia romana “cui prodest” tal cúmulo de irregularidades, de desbarajustes, y de irresponsabilidades, que acabaron con la muerte de 62 ciudadanos españoles, militares, de vuelta de servicio a su patria, a Europa, y a la paz mundial, lejos del calor de sus casas y de sus seres queridos? ¿No había elementos para la sospecha de que alguien, algunos, o muchos, de los responsables, no habían cumplido debidamente con su obligación de poner todos los medios normalmente disponibles que hubieran evitado la tragedia, y, una vez ésta producida, que hicieran imposible el indigno tratamiento posterior, tanto a los muertos como a los vivos, sus familiares consternados?
Estamos asistiendo a comportamientos judiciales que resultan, por lo menos, sospechosos. No es de recibo, generalmente, la terrible e injustificada demora en tanto procedimiento, que, a los ojos de los espectadores externos, acaban siempre favoreciendo a los involucrados en causas que se eternizan, y que permiten, de manera harto sospechosa, tanta prescripción, que se cumple poco antes de que las pruebas judiciales hayan sido aclaradas. ¡Vaya feliz y santa coincidencia que siempre favorece a investigados de alto standing! Véase el caso Noos, la Gurtel, la Púnica, y un sin fin de causas ya célebres por su parsimonia, mucho más que por su diligente celeridad. No me extraña que el señor Homs se queje de que este país, con frecuencia, le avergüenza. No soy nada sospechoso de una ingenua simpatía por los independentistas catalanes, a los que he fustigado varias veces en este blog. Pero la Verdad no debe de estar supeditada a la ideología o a la filiación política de quien la proclame, o la revele, o la lamente.
Y en esta colección de despropósitos judiciales acaba da aparecer una noticia curiosa: una tuitera de Sevilla, estudiante en Murcia, que firma “Cassandra”, ha sido acusada por el fiscal de un delito de humillación de víctima el terrorismo, por un “tuit” en el que hacía alusión al modo cómo se produjo el atentado contra Carrero Blanco. Lo ha contado ella misma, cómo fue llamada al juzgado el día 4 y se le comunicó la petición del fiscal, de dos años y medio de cárcel. “por el delito de humillación de víctimas del terrorismo”. Cassandra añadió que ni pretendía humillar a nadie, ni tenía idea de que por esa pequeña muestra de humor negro le podían caer esos años de condena.
¿Nos estamos volviendo locos, o nos encontramos en un giro de retroceso a los felices años 1940-1970?

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